Es una de las consultas más frecuentes del despacho: un coche comprado hace pocas semanas o meses que empieza a fallar. Lo que se puede reclamar depende sobre todo de a quién se compró y de que se actúe en el orden correcto. Estas son las claves.
A quién compró marca los plazos
- A un concesionario o compraventa: se aplica la garantía legal de la ley de consumidores, de tres años desde la entrega (en usados puede pactarse por escrito hasta un mínimo de un año). Durante los dos primeros años se presume que el defecto ya existía al entregar el coche.
- A un particular: se aplica el Código Civil y el plazo para reclamar por vicios ocultos es de seis meses desde la entrega.
Si el vendedor «particular» vende coches habitualmente, puede ser tratado como profesional. Guarde los anuncios y las conversaciones.
Qué se puede pedir
La reparación gratuita; la rebaja del precio si no se repara en un plazo razonable; la devolución del coche y del precio cuando el defecto no es de escasa importancia; y los daños acreditados (grúa, coche de sustitución, días sin vehículo). En vehículos usados no puede exigirse la sustitución por otro coche.
Los dos pasos que deciden la reclamación
- Informe pericial antes de reparar: es la prueba de que la avería es anterior a la entrega. Repararlo por su cuenta sin que lo vea un perito es el error que más reclamaciones hace perder.
- Reclamación por escrito al vendedor (burofax o medio equivalente) con el informe y lo que se pide. Desde 2025 este intento de acuerdo es obligatorio antes de demandar.
El proceso completo, con la tabla de plazos y los errores habituales, está en nuestra guía para reclamar una avería en un coche de segunda mano. Si prefiere que lo veamos directamente, la página de abogados de vicios ocultos en coches explica cómo trabajamos; llevamos estos asuntos en toda España, con consulta presencial en Utrera o por videollamada.
Benítez de la Torre Abogados · 955 86 52 08 · Consultar mi caso.
