Un coche de segunda mano que falla a los pocos meses de comprarlo genera una pregunta inmediata: ¿quién paga la reparación? La respuesta depende de a quién se compró, de cuándo se entregó y de qué se firmó. En Benítez de la Torre Abogados llevamos años litigando compraventas de vehículos usados en toda España, tanto del lado del comprador como del lado del concesionario, y esa doble experiencia es la que ponemos a su servicio en Utrera.

Si usted es el comprador

  • Compra a un profesional (concesionario, compraventa, plataforma): la ley de consumidores le protege con una garantía legal de tres años desde la entrega, que en vehículos usados puede reducirse por contrato hasta un mínimo de un año. Durante los dos primeros años (o el plazo pactado) se presume que la avería ya existía al entregarle el coche, y es el vendedor quien tiene que demostrar lo contrario. Puede exigir la reparación gratuita y, si no se repara en plazo razonable, la rebaja del precio o la devolución del coche y del dinero.
  • Compra a un particular: no hay garantía de consumo. Se aplica el Código Civil: el vendedor responde de los defectos ocultos anteriores a la venta que hagan el coche impropio para su uso o reduzcan su valor, pero la acción de saneamiento caduca a los seis meses desde la entrega. Según el caso caben otras acciones con plazos más largos (por ejemplo, si se ocultó deliberadamente el defecto o el kilometraje).
  • Qué hacemos: analizamos el contrato, la factura y el historial del vehículo; encargamos el informe pericial; enviamos la reclamación previa al vendedor (obligatoria desde 2025 antes de demandar) y, si no hay acuerdo, presentamos la demanda y la llevamos hasta sentencia.

Si usted es concesionario o compraventa

Defendemos a empresas del sector frente a reclamaciones por averías: revisamos si la avería está cubierta o es desgaste normal, si el cliente respetó los plazos y el mantenimiento, si el contrato limitaba válidamente la garantía y si procede repetir contra el taller o el anterior vendedor. Le ayudamos también a redactar contratos y hojas de garantía que reduzcan litigios futuros.

Averías habituales que llegan al despacho

Motor y distribución, caja de cambios automática, embrague, turbo, inyectores, filtro de partículas, sistemas electrónicos, kilometraje manipulado y daños de un siniestro anterior no declarado.

Plazos que no conviene dejar pasar

  • Garantía legal frente a profesional: tres años desde la entrega (mínimo un año si se pactó por escrito en un coche usado).
  • Presunción de que el defecto ya existía: dos años desde la entrega.
  • Acción para reclamar la garantía: cinco años desde que se manifiesta la avería.
  • Compra entre particulares: seis meses desde la entrega para el saneamiento por vicios ocultos.

Preguntas frecuentes

El concesionario dice que la garantía era solo de un año y ya ha pasado. ¿Tengo algo que hacer?

Depende de si esa limitación consta por escrito y de si el defecto es anterior a la entrega. Aunque haya expirado la garantía pactada, sigue habiendo cinco años para reclamar una falta de conformidad manifestada dentro del plazo de garantía. Revisamos su contrato en la primera consulta.

¿Necesito un informe pericial?

En la práctica, sí: es la prueba decisiva sobre el origen y la antigüedad de la avería. Trabajamos con peritos mecánicos independientes.

¿Puedo devolver el coche?

Si el defecto es relevante y no se ha reparado en plazo razonable, cabe pedir la resolución del contrato: devolver el coche y recuperar el precio. Si la avería es de escasa importancia, lo que procede es la reparación o una rebaja del precio.

Consulte su caso

Benítez de la Torre Abogados · Plaza de Gibaxa, 3, 41710 Utrera (Sevilla) · 955 86 52 08 · info@benitezdelatorre.com

Atendemos asuntos de vehículos en toda España; la primera consulta puede ser presencial o por videollamada.

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Guía completa para reclamar una avería en un coche de segunda mano